Siempre está la duda ¿Se debe pagar por la música para eventos? Con esto nos referimos a eventos corporativos, ferias, activaciones, matrimonios, etc.
El Decreto Legislativo 822°, Ley Sobre Derechos de Autor, norma que regula los derechos de autor y derechos conexos en el Perú, es clara a este respecto. Todo lugar que no sea estrictamente el ámbito doméstico, está afecto al pago por los derechos de autor y conexos.
Es decir, puede ser propiedad privada porque tiene obviamente un propietario, pero nos referimos al acceso que pueda tener el público al lugar.
Muchos nos dicen, “pero no estoy lucrando, es un matrimonio”, si estás alquilando el espacio, SIEMPRE debes de pagar a las entidades como APDAYC o UNIMPRO. Se tiene que pagar por los derechos de autor y conexos, porque este local ya no es el ámbito doméstico de los organizadores. Es un lugar público, así haya ofrecido sus instalaciones sin mediar pago alguno.
Sin embargo, en cualquier tipo de evento existe la posibilidad de utilizar música libre de derechos de autor y derechos conexos que no implica el pago a estas sociedades de gestión colectiva, ¿Quieres saber cuál es la forma legal? contáctanos.
¿Por qué tipo de eventos debo de pagar?
Ferias
Seminarios
Matrimonios
Activaciones
Si quieres mayor información Escríbenos a contacto@elaudifono.com o llámanos a 984 762 168.
Nuestra música se encuentra en más de 1000 locales a nivel nacional. Nuestros clientes ahorran con nuestras licencias libres de derechos.
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